ARTICULO 39.- Los delegados generales de la Secretaría de Educación Pública en los Estados y los directores generales de la propia dependencia, en el Distrito Federal, por sí o por los representantes que acrediten, podrán participar, en calidad de asesores, en las respectivas asambleas de las asociaciones estatales y en las de la asociación del Distrito Federal.
Structure Reglamento de Asociaciones de Padres de Familia