ARTICULO 36.- Si los presidentes de las mesas directivas son electos posteriormente como presidentes de una asociación de superior grado, de una asociación estatal, de la del Distrito Federal o de la asociación nacional, cesarán en sus funciones a partir de la fecha de su toma de posesión en el nuevo encargo y hasta el término del mismo, periodo durante el cual serán suplidos por los respectivos vicepresidentes.
Structure Reglamento de Asociaciones de Padres de Familia