ARTICULO 38. La falta de asistencia de un quejoso a una Audiencia a la que haya sido debidamente citado, sin que exista causa justificada para ello a juicio de la Secretaría, implicará que ésta tenga por no interpuesta la queja que se hubiere presentado, con la salvedad a que se refiere el artículo siguiente.
Estructura Reglamento de Agencias de Viajes
Articulo 38