Reglamento de Sesiones de la Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral
Artículo 7          atribuciones del secretario de la junta

ARTÍCULO 7

         Atribuciones del Secretario de la Junta

1.      La Secretaría de la Junta estará a cargo del Secretario Ejecutivo del Instituto.

2.      Corresponde al Secretario de la Junta:

a)    Preparar el orden del día de las sesiones y someterla a la consideración del Presidente de la Junta, así como elaborar las respectivas convocatorias;

b)    Convocar, por instrucciones del Presidente, a las sesiones;

c)     Ordenar que se circulen a través de medios digitales, electrónicos, o través del Sistema de Firma Electrónica que al efecto se instrumente los documentos y anexos necesarios para la comprensión y discusión de los asuntos contenidos en el orden del día, en los plazos a que se refieren los artículos 12 y 13 del presente Reglamento, entre los integrantes de la Junta, en su caso, el Contralor General, así como a los demás titulares de las demás Unidades Técnicas, que deban participar en términos de lo establecido en el numeral 3 del artículo 3 de este Reglamento;

d)    Llevar el registro de asistencia;

e)    Declarar la existencia del quórum;

f)     Suplir en la conducción de la sesión al Presidente, en el caso de ausencias momentáneas, o bien cuando se trate de inasistencia a la sesión, por caso fortuito o de fuerza mayor.

g)    Dar cuenta de los escritos presentados a la Junta;

h)    Informar sobre el cumplimiento de los Acuerdos, Resoluciones y Dictámenes de la Junta;

i)      Tomar las votaciones de los integrantes de la Junta y dar a conocer el resultado de las mismas;

j)      Dar fe de lo actuado en las sesiones;

k)     Levantar el Acta de las sesiones y someterla a la aprobación de los integrantes de la Junta, tomando en cuenta las observaciones realizadas por los mismos;

l)      Firmar junto con el Presidente de la Junta, todos los Acuerdos, Resoluciones y Dictámenes que ésta emita;

m)   Llevar el archivo de la Junta y un registro de las Actas, Acuerdos, Resoluciones y Dictámenes aprobados por ésta;

n)    Legalizar los documentos de la Junta y expedir las copias certificadas de los mismos que le sean solicitados;

o)    Informar en las sesiones ordinarias sobre el cumplimiento de los Acuerdos y Resoluciones aprobados por la Junta;

p)    Realizar las acciones conducentes relativas a la publicación en la Gaceta Electoral, y en los Estrados del Instituto de los Acuerdos, Resoluciones y Dictámenes, así como en el Diario Oficial de la Federación, o en su caso, en el periódico oficial de las entidades federativas, de aquéllos que ordene la Ley Electoral y que la propia Junta determine; y

q)    Las demás que le sean conferidas por la Ley Electoral, el presente Reglamento, el Consejo, la Junta o su Presidente.

Structure Reglamento de Sesiones de la Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral

Capítulo I

Artículo 1 objeto de aplicación 1

Artículo 2          glosario 1

Artículo 3          de la integración 1

Artículo 4          criterios para su interpretación 1

Artículo 5          Cómputo de plazos 1

Capítulo II

Artículo 6          atribuciones del presidente 1

Artículo 7          atribuciones del secretario de la junta

Artículo 8           atribuciones de los directores ejecutivos y

Artículo 9          atribuciones de los titulares de las

Artículo 10          atribuciones del contralor general 1

Capítulo III

Artículo 11          tipos de sesiones 1

Capítulo IV

Artículo 12          convocatoria a sesión ordinaria 1

Artículo 13          contenido de la convocatoria 1

Capítulo V

Artículo 14          reglas para la instalación de las

Artículo 15 aprobación del orden del Día

Artículo 16

Artículo 17          uso de la palabra 1

Artículo 18          forma de discusión de los asuntos

Artículo 19          prohibición de DIálogos y alusiones personales

Artículo 20          prohibición de interrumpir a oradores 1

Capítulo VI

Artículo 21          moción de orden (objetivo) 1

Artículo 22          moción al orador (objetivo) 1

Capítulo VII

Artículo 23          forma de tomar acuerdos, resoluciones y

Artículo 24          engrose

Capítulo VIII

Artículo 25          publicación de acuerdos, resoluciones y dictámenes

Capítulo IX

Artículo 26          integración del acta de la sesión

Capítulo X

Artículo 27