Reglamento de Sesiones de la Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral
Artículo 6          atribuciones del presidente 1

ARTÍCULO 6

         Atribuciones del Presidente

1.      Son atribuciones del Presidente:

a)    Ordenar al Secretario convocar a las sesiones de la Junta;

b)    Solicitar al Secretario, de conformidad con las reglas establecidas en el presente Reglamento, la inclusión y retiro de asuntos en el orden del día;

c)     Presidir las sesiones y participar en sus debates;

d)    Solicitar al Secretario de la Junta que dé cuenta de los asuntos agendados en el orden del día y someta a votación los proyectos de acuerdos, resoluciones y dictámenes de la Junta;

e)    Iniciar y levantar la sesión, además de decretar los recesos que fueren necesarios;

f)     Conducir los trabajos y tomar las medidas necesarias para el adecuado funcionamiento de la Junta;

g)    Conceder el uso de la palabra, en el orden que le sea solicitado;

h)    Consultar a los integrantes de la Junta si los temas del orden del día han sido suficientemente discutidos;

i)      Mantener o llamar al orden;

j)      Aplicar el presente Reglamento y vigilar su correcta observancia;

k)     Vigilar el cumplimiento de los Acuerdos, Resoluciones y Dictámenes adoptados por la Junta;

l)      Rendir los Informes y comunicados que considere deban ser del conocimiento de la Junta;

m)   Instruir al Secretario para que realice las acciones conducentes relativas a la publicación en la Gaceta Electoral y en los Estrados del Instituto de los Acuerdos, Resoluciones y Dictámenes de la Junta, así como en el Diario Oficial de la Federación, o en su caso, en el periódico oficial de las entidades federativas, de aquéllos que ordene la Ley Electoral y que la propia Junta determine;

n)    Garantizar el orden de las sesiones, ejerciendo las atribuciones que le confieren las disposiciones aplicables de la Ley Electoral y el presente Reglamento; y

o)    Las demás que le otorguen el Consejo y la Junta de conformidad con la Ley Electoral y este Reglamento.

Structure Reglamento de Sesiones de la Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral

Capítulo I

Artículo 1 objeto de aplicación 1

Artículo 2          glosario 1

Artículo 3          de la integración 1

Artículo 4          criterios para su interpretación 1

Artículo 5          Cómputo de plazos 1

Capítulo II

Artículo 6          atribuciones del presidente 1

Artículo 7          atribuciones del secretario de la junta

Artículo 8           atribuciones de los directores ejecutivos y

Artículo 9          atribuciones de los titulares de las

Artículo 10          atribuciones del contralor general 1

Capítulo III

Artículo 11          tipos de sesiones 1

Capítulo IV

Artículo 12          convocatoria a sesión ordinaria 1

Artículo 13          contenido de la convocatoria 1

Capítulo V

Artículo 14          reglas para la instalación de las

Artículo 15 aprobación del orden del Día

Artículo 16

Artículo 17          uso de la palabra 1

Artículo 18          forma de discusión de los asuntos

Artículo 19          prohibición de DIálogos y alusiones personales

Artículo 20          prohibición de interrumpir a oradores 1

Capítulo VI

Artículo 21          moción de orden (objetivo) 1

Artículo 22          moción al orador (objetivo) 1

Capítulo VII

Artículo 23          forma de tomar acuerdos, resoluciones y

Artículo 24          engrose

Capítulo VIII

Artículo 25          publicación de acuerdos, resoluciones y dictámenes

Capítulo IX

Artículo 26          integración del acta de la sesión

Capítulo X

Artículo 27