Reglamento de Sesiones de la Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral
Artículo 19          prohibición de DIálogos y alusiones personales

ARTÍCULO 19

         Prohibición de diálogos y alusiones personales

1.      En el curso de las deliberaciones, los integrantes de la Junta, y en su caso el Contralor General y los demás titulares de las Unidades Técnicas, se abstendrán de entablar polémicas o debates en forma de diálogo con otro integrante de la Junta, así como de realizar alusiones personales que pudiesen generar controversias o discusiones ajenas a los asuntos agendados en el orden del día que en su caso se discutan. El Presidente de la Junta podrá interrumpir las manifestaciones de quien cometa las referidas conductas, con el objeto de conminarlo a que se conduzca en los términos previstos en el Reglamento.

Structure Reglamento de Sesiones de la Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral

Capítulo I

Artículo 1 objeto de aplicación 1

Artículo 2          glosario 1

Artículo 3          de la integración 1

Artículo 4          criterios para su interpretación 1

Artículo 5          Cómputo de plazos 1

Capítulo II

Artículo 6          atribuciones del presidente 1

Artículo 7          atribuciones del secretario de la junta

Artículo 8           atribuciones de los directores ejecutivos y

Artículo 9          atribuciones de los titulares de las

Artículo 10          atribuciones del contralor general 1

Capítulo III

Artículo 11          tipos de sesiones 1

Capítulo IV

Artículo 12          convocatoria a sesión ordinaria 1

Artículo 13          contenido de la convocatoria 1

Capítulo V

Artículo 14          reglas para la instalación de las

Artículo 15 aprobación del orden del Día

Artículo 16

Artículo 17          uso de la palabra 1

Artículo 18          forma de discusión de los asuntos

Artículo 19          prohibición de DIálogos y alusiones personales

Artículo 20          prohibición de interrumpir a oradores 1

Capítulo VI

Artículo 21          moción de orden (objetivo) 1

Artículo 22          moción al orador (objetivo) 1

Capítulo VII

Artículo 23          forma de tomar acuerdos, resoluciones y

Artículo 24          engrose

Capítulo VIII

Artículo 25          publicación de acuerdos, resoluciones y dictámenes

Capítulo IX

Artículo 26          integración del acta de la sesión

Capítulo X

Artículo 27