Reglamento de Sesiones de la Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral
Artículo 26          integración del acta de la sesión

ARTÍCULO 26

         Integración del acta de la sesión

1.      De cada sesión se elaborará una versión estenográfica, la cual deberá entregarse a los integrantes de la Junta, en su caso al Contralor General, y a los demás titulares de Unidades Técnicas a más tardar dos días después de su celebración.

2.      La versión estenográfica servirá de base para la formulación del Proyecto de Acta, la cual deberá circularse en un plazo que no excederá los siete días siguientes a su celebración a cada uno de los integrantes de la Junta, en su caso al Contralor General y titulares de las demás Unidades Técnicas, quienes podrán formular observaciones y comentarios, y hacerlos llegar al Secretariado dentro de los cinco días siguientes a su recepción.

3.      La versión estenográfica y el Proyecto de Acta se enviarán a través de medios digitales a cada uno de los integrantes de la Junta, al Contralor General y titulares de las demás Unidades Técnicas. Asimismo cuando alguno de los integrantes, señale de manera justificada que requiere le sean entregadas de manera impresa, deberá formular su solicitud por escrito al Secretario.

4.      El Proyecto de Acta deberá someterse a aprobación en la siguiente sesión de que se trate; asimismo, el Acta aprobada deberá publicarse en la página de Internet e Intranet, así como en el Portal de Transparencia del Instituto, dentro de los tres días siguientes a su aprobación.

Structure Reglamento de Sesiones de la Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral

Capítulo I

Artículo 1 objeto de aplicación 1

Artículo 2          glosario 1

Artículo 3          de la integración 1

Artículo 4          criterios para su interpretación 1

Artículo 5          Cómputo de plazos 1

Capítulo II

Artículo 6          atribuciones del presidente 1

Artículo 7          atribuciones del secretario de la junta

Artículo 8           atribuciones de los directores ejecutivos y

Artículo 9          atribuciones de los titulares de las

Artículo 10          atribuciones del contralor general 1

Capítulo III

Artículo 11          tipos de sesiones 1

Capítulo IV

Artículo 12          convocatoria a sesión ordinaria 1

Artículo 13          contenido de la convocatoria 1

Capítulo V

Artículo 14          reglas para la instalación de las

Artículo 15 aprobación del orden del Día

Artículo 16

Artículo 17          uso de la palabra 1

Artículo 18          forma de discusión de los asuntos

Artículo 19          prohibición de DIálogos y alusiones personales

Artículo 20          prohibición de interrumpir a oradores 1

Capítulo VI

Artículo 21          moción de orden (objetivo) 1

Artículo 22          moción al orador (objetivo) 1

Capítulo VII

Artículo 23          forma de tomar acuerdos, resoluciones y

Artículo 24          engrose

Capítulo VIII

Artículo 25          publicación de acuerdos, resoluciones y dictámenes

Capítulo IX

Artículo 26          integración del acta de la sesión

Capítulo X

Artículo 27