Artículo 8
Análisis y plan de desarrollo
1. El análisis y el plan de desarrollo serán acordados por la Unidad y el área usuaria solicitante atendiendo las observaciones de la Comisión de Informática y comisiones relacionadas con el sistema, cubriendo los siguientes aspectos:
a) Definición del proyecto, sus objetivos y su relación con otros proyectos o sistemas;
b) Definición de recursos materiales, de información y humanos;
c) Definición detallada de la información que contendrá el sistema y qué información específica se obtendrá del mismo;
d) Determinación de usuarios y sus niveles de acceso;
e) Definición de herramientas, documentación y metodología que se utilizará en el desarrollo; y
f) Cronograma de desarrollo, capacitación y pruebas.
Structure Reglamento para la Producción, Mantenimiento, Gestión y Uso de Servicios y Bienes Informáticos
Artículo 1 objeto y ámbito de aplicación 1
Artículo 2 criterios de interpretación 1
Artículo 4 atribuciones de la comisión de informática
Artículo 5 responsabilidades de la unidad 1
Artículo 6 atribuciones de la unidad 1
Artículo 7 especificación de los requerimientos del usuario
Artículo 8 análisis y plan de desarrollo 1
Artículo 9 pruebas y validación 1
Artículo 11 responsabilidades del área usuaria 1
Artículo 14 conservación y uso del equipo de
Artículo 20 responsabilidades 1
Artículo 22 cada dirección ejecutiva, unidad técnica o
Artículo 23 sanciones el incumplimiento del presente reglamento