Reglamento para la Producción, Mantenimiento, Gestión y Uso de Servicios y Bienes Informáticos
Artículo 7 especificación de los requerimientos del usuario

Artículo 7

Especificación de los requerimientos del usuario

1.      Los proyectos de producción y desarrollo de sistemas de información que requieran las áreas usuarias del Instituto deben ser presentados ante la Comisión de Informática y comisiones relacionadas con la información manejada por los mismos, para atender sus observaciones.

2.      Para el inicio del desarrollo de un sistema el área usuaria solicitante deberá proporcionar la documentación correspondiente con las especificaciones y normas de calidad que establezca la Unidad con la colaboración de la Unidad Técnica de Contraloría Interna.