Reglamento para la Producción, Mantenimiento, Gestión y Uso de Servicios y Bienes Informáticos
Artículo 6 atribuciones de la unidad 1

Artículo 6

Atribuciones de la Unidad

1.      Son atribuciones de la Unidad para la mejor observancia del presente reglamento las siguientes:

a)      Coadyuvar con el Secretario Ejecutivo en la coordinación de la aplicación de las políticas y programas generales aprobados por el Consejo General del Instituto Federal Electoral, en materia de informática;

b)      Realizar estudios, análisis, diseños, desarrollos, actualizaciones, implementaciones, mantenimiento y expansiones para los servicios y bienes informáticos de las distintas áreas del Instituto que le soliciten, incluyendo el Programa de Resultados Electorales Preliminares;

c)      Investigar y analizar de manera permanente, nuevas tecnologías en materia de informática y . comunicaciones, que puedan ser aplicadas en las tareas del Instituto;

d)      Desarrollar, administrar y mantener la RedIFE, para interconectar a los órganos directivos y ejecutivos centrales, locales y distritales;

e)      Mantener actualizado el inventario de recursos informáticos del Instituto en coordinación con la Dirección Ejecutiva de Administración;

f)       Coordinar, apoyar y atender las acciones de todas las áreas del Instituto, en materia de informática y cómputo, como una oficina de servicio institucional;

g)      Identificar y determinar los distintos perfiles de los usuarios del Instituto con la finalidad de atender las necesidades de capacitación y asesoría en materia de sistemas de informática;

h)      Identificar conjuntamente con el área usuaria las necesidades de servicios y bienes informáticos con la finalidad de plantear las adquisiciones que se necesiten para permitir el correcto funcionamiento de las mismas;

i)       Resguardar los sistemas y la información a cargo de la Unidad, implementando sistemas de seguridad a nivel de los servidores y de la red del Instituto, y asegurando que se realicen los respaldos necesarios de la información de las bases de datos;

j)       Elaborar los manuales o procedimientos, que incluyan los criterios a través de los cuales los responsables de los equipos solicitarán al área administrativa correspondiente: los Antivirus, los reguladores de corriente, los servicios anuales a los equipos, así como las actualizaciones de software que requieran, entre otras;

k)      Sistematizar y/o contar con copia de todos los manuales de los equipos, así como mantenerlos accesibles a los responsables de sistema y de equipo para su consulta;

l)       Elaborar y actualizar periódicamente las especificaciones y normas de calidad que debe cumplir la documentación de los sistemas y bases de datos del Instituto y vigilar que dicha documentación cumpla con lo que se establezca;

m)     Establecer un archivo con la documentación de cada uno de los sistemas y bases de datos del Instituto, actualizándolo conforme se modifique la documentación referida;

n)      Coadyuvar con la Contraloría Interna del Instituto en la realización de auditorías informáticas; y

o)      Dictaminar la procedencia técnica de los proyectos de desarrollo informático del Instituto.

III.      PRODUCCION, DESARROLLO Y MANTENIMIENTO DE LOS SISTEMAS DE INFORMACION