Reglamento para el Uso y Conservación de las Áreas, Objetos y Colecciones de Palacio Nacional
Artículo 6o

Artículo 6o. La Comisión Interinstitucional se reunirá cuando así lo convoque el Conservador, y sesionará válidamente con la asistencia de por lo menos cinco de sus miembros.

Las decisiones de la Comisión Interinstitucional se adoptarán con el voto de la mayoría de los miembros presentes en las sesiones, incluyendo el voto favorable del Conservador.