Reglamento para el Uso y Conservación de las Áreas, Objetos y Colecciones de Palacio Nacional
Artículo 1o

Artículo 1o. La Conservaduría de Palacio Nacional es una unidad administrativa de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, que tiene por objeto la protección, conservación y restauración de las áreas, objetos y colecciones que se encuentren en dicho bien inmueble.

Al frente de la Conservaduría de Palacio Nacional estará el Conservador, que será nombrado por el Secretario de Hacienda y Crédito Público, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables.

Para el despacho de los asuntos de su competencia, el Conservador se auxiliará de los servidores públicos que se requieran en términos de las disposiciones jurídicas aplicables.