Artículo 65.- Los Comercializadores se encuentran obligados a observar lo establecido en el presente Reglamento y demás disposiciones aplicables.
Las omisiones, errores o faltas imputables a los Comercializadores o a su personal dependiente, por inobservancia o violación de las normas reglamentarias aplicables, no constituirán responsabilidad a cargo de Pronósticos.
Structure Reglamento del Sorteo Melate Revancha de Pronósticos para la Asistencia Pública