Artículo 51o.- El día y hora fijados para la ceremonia, en presencia del Inspector designado por la Secretaría de Gobernación, del representante del Director General de Pronósticos, de un representante de la Subdirección General de Informática y otro de la Subdirección de Concursos y Sorteos, se procederá conforme a lo siguiente:
I. Se introducirán en una urna 56 (cincuenta y seis) esferas similares en todas sus características, cada una identificada con un número diferente comprendido del 1 (uno) al 56 (cincuenta y seis).
II. Se efectuará el cierre de ventas, con la finalidad de inhibir el ingreso de nuevas participaciones en el Sistema de Cómputo Central e inmediatamente después se generará un archivo con la información correspondiente a todas las participaciones que hayan sido registradas para el sorteo; a este archivo el Sistema de Cómputo Central le asignará una firma electrónica que garantiza su integridad.
III. La firma electrónica del archivo de participaciones será grabada en un dispositivo de almacenamiento de datos, que en forma previa a la ceremonia, el representante de la Subdirección General de Informática entregará al Inspector designado por la Secretaría de Gobernación, quien depositará dicho dispositivo en la caja de seguridad asignada para tal efecto, a la cual solamente tendrá acceso el Órgano Interno de Control.
IV. Se seleccionarán aleatoriamente 6 (seis) esferas, cuyos números integrarán la combinación de números ganadora.
V. El archivo con la información correspondiente a todas las participaciones que hayan sido registradas para el sorteo en el Sistema de Cómputo Central, será grabado en un dispositivo de almacenamiento de datos y depositado en la caja de seguridad a que se refiere la fracción III del presente artículo, por el responsable designado por la Subdirección General de Informática.
Structure Reglamento del Sorteo Melate Revancha de Pronósticos para la Asistencia Pública