ARTICULO 87.- Los cadetes cumplirán su arresto en las semanas laborables de la siguientes manera:
I. A partir de la hora de franquicia del sábado hasta las 0800 horas del domingo, 20 puntos de demérito;
II. De las 0800 horas del domingo hasta la hora que termine la franquicia, 20 puntos de demérito;
III. Sin disfrutar la franquicia del sábado y domingo, 40 puntos de demérito, y
IV. Los arrestos graduados con más de 80 puntos de demérito, se cumplirán alternando dos fines de semana continuos de reclusión por uno de franquicia.
Structure Reglamento de la Escuela Militar de Odontología