ARTICULO 79.- El personal en instrucción que no concluya satisfactoriamente sus estudios, se le expedirá a solicitud del interesado, certificado parcial de estudios, previa aprobación de la Dirección General de Educación Militar y Rectoría de la Universidad del Ejército y Fuerza Aérea.
Structure Reglamento de la Escuela Militar de Odontología