ARTICULO 33.- Al personal docente le corresponde el desarrollo del proceso enseñanza-aprendizaje de las asignaturas a su cargo, tiene las atribuciones y responsabilidades que para su jerarquía establecen las leyes y reglamentos militares, las prescritas en el presente Reglamento y disposiciones que emita la superioridad; este personal puede ser profesor o instructor.
Structure Reglamento de la Escuela Militar de Odontología