ARTICULO 32.- Las atribuciones y responsabilidades de la Junta Técnica Consultiva son:
I. Analizar y proponer soluciones a problemas de carácter pedagógico y académico que surjan en el plantel;
II. Analizar el plan de estudios del plantel, recomendando a la Dirección del mismo, su actualización;
III. Recomendar los cambios necesarios al Manual de Organización y Funcionamiento del plantel;
IV. Evaluar la actuación del personal académico, docente y en instrucción, para proponer a quienes se hagan acreedores a recibir alguna recompensa;
V. Someter a consideración del Director, los proyectos de investigación que se realicen en el plantel;
VI. Analizar los resultados de la evaluación pedagógica, para mejorar el nivel enseñanza-aprendizaje en el plantel; y
VII. Las que en materia pedagógica y académica le asigne el Director del plantel.
Structure Reglamento de la Escuela Militar de Odontología