Ley de Carrera Judicial del Poder Judicial de la Federación
Artículo 10

Artículo 10. Categorías. La Carrera Judicial está integrada por las siguientes categorías:

I.                 Magistrada o Magistrado de Circuito;

II.                Jueza o Juez de Distrito;

III.              Secretaria o Secretario General de Acuerdos de la Suprema Corte o de la Sala Superior del Tribunal Electoral;

IV.              Subsecretaria o Subsecretario General de Acuerdos de la Suprema Corte o de la Sala Superior del Tribunal Electoral;

V.               Secretaria o Secretario de Estudio y Cuenta de Ministra o Ministro; Secretaria o Secretario de Estudio y Cuenta, así como Instructor o Instructora de la Sala Superior del Tribunal Electoral;

VI.              Secretario o Secretaria de Acuerdos de Sala;

VII.             Subsecretaria o Subsecretario de Acuerdos de Sala;

VIII.           Secretaria o Secretario de Tribunal de Circuito; Secretario o Secretaria de Estudio y Cuenta de las Salas Regionales del Tribunal Electoral;

IX.              Asistente de constancias y registro de tribunal de alzada;

X.               Secretario o Secretaria Proyectista de Tribunal de Circuito;

XI.              Secretario o Secretaria de Juzgado de Distrito;

XII.             Asistente de constancias y registro de Juez de control o Juez de enjuiciamiento; así como los Secretarios o Secretarias instructores, de constancias, de audiencias, de acuerdos, de diligencias y de instrucción de los juzgados laborales;

XIII.           Secretaria o Secretario Proyectista de Juzgado de Distrito;

XIV.           Actuaria o Actuario del Poder Judicial de la Federación, y

XV.            Oficial judicial.

Las categorías señaladas en las fracciones VIII, IX y X son equivalentes en rango y se encuentran por encima de las categorías precisadas en las fracciones XI, XII y XIII, que también son equivalentes entre sí.