Ley de Carrera Judicial del Poder Judicial de la Federación
Artículo 24

Artículo 24. Modalidades del concurso de oposición para la designación de Juezas y Jueces de Distrito. Los concursos abiertos e internos de oposición para el ingreso a la categoría de Jueza o Juez de Distrito podrán llevarse a cabo en cualquiera de las siguientes modalidades:

I.                 Escolarizada, es aquélla que se realiza a través de un curso de formación de Juezas o Jueces de Distrito impartido por la Escuela Judicial, y

II.                No escolarizada.