Artículo 29.
Para efectos de contratación, el personal del Canal se ajustará a lo dispuesto por la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, las políticas internas de orden general, los programas de trabajo, y demás disposiciones que apruebe la Comisión Bicamaral de acuerdo con la normatividad administrativa de las Cámaras.
Structure Reglamento del Canal de Televisión del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos
Capitulo I del objeto de este reglamento
Capitulo II del objeto, principios y funciones del
Capitulo III del presupuesto y financiamiento del canal
Capitulo IV de la comision bicamaral
Capitulo V de las atribuciones y responsabilidades de
Capitulo VI del titular de la direccion general
Capitulo VII de las atribuciones del titular de
Capitulo VIII de la conformacion del consejo consultivo
Capitulo IX del funcionamiento y atribuciones del consejo