Artículo 137. La resolución del Instituto será definitiva e inatacable para el organismo garante y para el sujeto obligado de que se trate.
En todo momento, los particulares podrán impugnar las resoluciones del Instituto ante el Poder Judicial de la Federación.
Structure Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados