Artículo 135. La solicitud de atracción del recurso de revisión interrumpirá el plazo que tienen los Organismos garantes para resolverlo. El cómputo continuará a partir del día siguiente al día en que el Instituto haya notificado la determinación de no atraer el recurso de revisión.
Structure Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados