Artículo 120. El Instituto resolverá el recurso de inconformidad en un plazo que no podrá exceder de treinta días contados a partir del día siguiente de la interposición del recurso de inconformidad, plazo que podrá ampliarse por una sola vez y hasta por un periodo igual.
Structure Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados
Artículo 120