Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores
Articulo 51 bis 3

ARTICULO 51 BIS 3.- El Consejo de Administración del Instituto determinará la sobretasa de interés que causarán los financiamientos a partir de su otorgamiento, en caso de que las viviendas construidas en conjuntos habitacionales financiados por el Instituto se vendan a precios superiores a aquellos que se determinen para el conjunto de que se trate, en términos del artículo 48 de esta Ley o el conjunto respectivo no se concluya en los tiempos establecidos.

(ADICIONADO, D.O.F. 24 DE FEBRERO DE 1992)