ARTÍCULO 18.
Orden del día.
1. El proyecto de orden del día de las sesiones ordinarias incorporará, al menos, los puntos siguientes:
a) Aprobación del orden del día;
b) Aprobación del acta o minuta de la sesión anterior;
c) Relación y seguimiento de los Acuerdos tomados en la sesión anterior;
d) Relación de los Proyectos de Acuerdo o de Resolución, programas, Informes o Dictámenes correspondientes que serán objeto de discusión y, en su caso, de votación;
e) Síntesis de los Acuerdos tomados en la misma sesión, y
f) Asuntos generales.
2. Recibida la convocatoria a una sesión ordinaria, cualquier Consejero, Consejero del Legislativo o Representante que integren la Comisión podrá solicitar al Presidente la inclusión de asuntos en el proyecto de orden del día, hasta con cuarenta y ocho horas de anticipación a la señalada para su celebración, acompañando su solicitud, cuando así corresponda, con los documentos necesarios para su discusión. El Presidente deberá incorporar dichos asuntos en el proyecto de orden del día y remitirá en forma inmediata a los integrantes de la Comisión y al resto de los sujetos referidos en el artículo 17, numeral 4 del presente Reglamento, un nuevo orden del día que contenga los asuntos incluidos conforme al presente párrafo, junto con los documentos que correspondan a cada asunto. Fuera del plazo señalado en este párrafo, sólo podrá ser incorporado al proyecto de orden del día de la sesión los asuntos que, por mayoría, la propia Comisión considere de obvia y urgente Resolución.
3. En las sesiones ordinarias, los Consejeros, Consejeros del Legislativo y Representantes que integren la Comisión podrán solicitar la inclusión en asuntos generales de puntos informativos que no requieran examen previo de documentos ni votación. El Presidente consultará previamente a la aprobación del proyecto de orden del día y al agotarse la discusión del último punto de dicho orden, si existen asuntos generales, pudiendo solicitar en ambos momentos se indique el tema correspondiente, a fin de que, de ser el caso, se incluya en el orden del día.
Structure Reglamento de Comisiones del Consejo General del Instituto Nacional Electoral