Artículo 9. Las y los vocales del Comité Técnico tendrán las siguientes funciones:
I. Asistir a las sesiones y participar activamente en ellas.
II. Emitir su opinión sobre los asuntos listados en el orden del día de cada sesión, así como brindar su apoyo y asesoría para dar cumplimiento y seguimiento a los acuerdos del Comité Técnico.
III. Cumplir con los asuntos que se les encomienden a las Unidades Administrativas que representan, e informar al Comité Técnico sobre el avance de los mismos.
IV. Analizar y en su caso aprobar las Reglas de Operación y Lineamientos Operativos y sus modificaciones.
V. Firmar las actas que se levanten en las sesiones del Comité Técnico.
Structure REGLAMENTO Interno del Comité Técnico de la Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades