REGLAMENTO Interno del Comité Técnico de la Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades
Artículo 9

Artículo 9. Las y los vocales del Comité Técnico tendrán las siguientes funciones:

I.        Asistir a las sesiones y participar activamente en ellas.

II.       Emitir su opinión sobre los asuntos listados en el orden del día de cada sesión, así como brindar su apoyo y asesoría para dar cumplimiento y seguimiento a los acuerdos del Comité Técnico.

III.      Cumplir con los asuntos que se les encomienden a las Unidades Administrativas que representan, e informar al Comité Técnico sobre el avance de los mismos.

IV.     Analizar y en su caso aprobar las Reglas de Operación y Lineamientos Operativos y sus modificaciones.

V.      Firmar las actas que se levanten en las sesiones del Comité Técnico.