Artículo 1. El presente instrumento tiene por objeto regular la...
Artículo 2. El Comité Técnico de la Coordinación Nacional del...
Artículo 3. El Comité Técnico de la Coordinación Nacional del...
Artículo 4. Para los efectos de este Reglamento, se entiende...
Artículo 5. El Comité Técnico estará integrado por los siguientes...
Artículo 6. Para cumplir con su objeto, el Comité Técnico...
Artículo 7. El Presidente o Presidenta del Comité Técnico tendrá...
Artículo 8. El Secretario o la Secretaria Técnica del Comité...
Artículo 9. Las y los vocales del Comité Técnico tendrán...
Artículo 10. El Órgano de Vigilancia tendrá las siguientes funciones:...
Artículo 11. Las y los invitados tendrán las siguientes funciones:...
Artículo 12. Las sesiones ordinarias del Comité Técnico se realizarán...
Artículo 13. Las sesiones ordinarias serán convocadas con cinco días...
Artículo 14. Las sesiones del Comité Técnico se llevarán a...
Artículo 15. El quórum legal para celebrar las sesiones del...
Artículo 16. El orden del día será propuesto por el...
Artículo 17. El orden del día se enviará a las...
Artículo 18. Las sesiones del Comité Técnico se apegarán al...
Artículo 19. En el apartado de Asuntos Generales se presentarán...
Artículo 20. La integración de una carpeta impresa y/o digital...
Artículo 21. La carpeta deberá proporcionarse a cada integrante del...
Artículo 22. El contenido que se incorpore en la carpeta...
Artículo 23. Los acuerdos deberán versar sobre los asuntos contenidos...
Artículo 24. Las y los integrantes del Comité Técnico recibirán...
Artículo 25. La redacción, el registro y seguimiento de los...
Artículo 26. Por cada sesión del Comité Técnico se levantará...
Artículo 27. El acta deberá contener las firmas del o...
Artículo 28. El(la) Secretario(a) Técnico(a) del Comité Técnico, será responsable...
Artículo 29. Los Subcomités Técnicos de Salud y Educación apoyarán...
Artículo 30. Los Subcomités Técnicos sesionarán bimestralmente en forma ordinaria,...
Artículo 31. El Subcomité Técnico de Salud estará integrado por:...
Artículo 32. El Subcomité Técnico de Educación estará integrado por:...
Artículo 33. El Comité podrá instruir la instalación de los...
Artículo 34. Los Subcomités Técnicos se regirán por las siguientes...