Reglamento Interior de la Comisión Intersecretarial para el Control del Proceso y Uso de Plaguicidas, Fertilizantes y Sustancias Tóxicas
Artículo 2o

Artículo 2o.- La Comisión tiene por objeto coordinar las acciones de las Secretarías de Comercio y Fomento Industrial, de Agricultura y Recursos Hidráulicos, de Desarrollo Urbano y Ecología y de Salud, en el ejercicio de las atribuciones que respecto de plaguicidas, fertilizantes y sustancias tóxicas, les confiere la Ley Federal de Metrología y Normalización, la Ley de Sanidad Fitopecuaria de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, la Ley General de Salud y las demás disposiciones legales aplicables.

Structure Reglamento Interior de la Comisión Intersecretarial para el Control del Proceso y Uso de Plaguicidas, Fertilizantes y Sustancias Tóxicas

Artículo 1o

Artículo 2o

Artículo 3o

Artículo 4o

Artículo 5o

Artículo 6o

Artículo 7o

Artículo 8o

Artículo 9o

Artículo 10

Artículo 11

Artículo 12

Artículo 13

Artículo 14

Artículo 15

Artículo 16

Artículo 17

Artículo 18

Artículo 19

Artículo 20

Artículo 21