Artículo 16.- El Subcomité de Registros, Autorizaciones, Catálogos e Inventarios estará coordinado en forma anual y rotativa por el representante de la Secretaría en turno de acuerdo al orden señalado en el artículo 2o. de este reglamento. Este Subcomité tendrá las funciones siguientes:
I. Diseñar y proponer al Comité Técnico los proyectos de instructivos para el procedimiento integral referente al otorgamiento de registro de plaguicidas y fertilizantes, así como a las empresas que se dediquen a la formulación, fabricación, importación, exportación de dichos productos y de sustancias tóxicas;
II. Diseñar y proponer al Comité Técnico los proyectos de instructivos para el otorgamiento de autorizaciones en sus modalidades de licencias, permisos y registros relativos a los plaguicidas, fertilizantes y sustancias tóxicas, así como a los técnicos responsables;
III. Llevar a cabo las funciones de análisis y opinión de las solicitudes de registro y de autorizaciones en sus modalidades de licencias, permisos y registros conforme a los instructivos que se aprueben por la Comisión;
IV. Proponer ante el Comité Técnico los proyectos de catálogos de plaguicidas, fertilizantes y sustancias tóxicas, así como de su actualización, y emitir opinión para que se incorporen nuevas sustancias y productos, o se den de baja aquellos que el avance científico demuestre que tienen efectos adversos a la salud o al medio ambiente antes no detectados, a efecto de que sea cancelado su registro o restringido su uso, y
V. Proponer al Comité Técnico, con apoyo en las aportaciones de las Secretarías, los elementos para la integración del proyecto de inventario cualitativo y cuantitativo de plaguicidas, fertilizantes y sustancias tóxicas, así como de los establecimientos industriales que los producen, importan, exportan o comercializan y de su capacidad tecnológica instalada.
Structure Reglamento Interior de la Comisión Intersecretarial para el Control del Proceso y Uso de Plaguicidas, Fertilizantes y Sustancias Tóxicas