Artículo 1o.- La Comisión Intersecretarial de Plaguicidas, Fertilizantes y Sustancias Tóxicas, ejercerá sus facultades conforme al decreto que la constituye, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de octubre de 1987.
Structure Reglamento Interior de la Comisión Intersecretarial para el Control del Proceso y Uso de Plaguicidas, Fertilizantes y Sustancias Tóxicas