Artículo 17.- El Subcomité de Estudios de Sanidad Agropecuaria, Ecología y Salud Humana estará coordinado en forma anual y rotativa por las Secretarías de Agricultura y Recursos Hidráulicos, de Desarrollo Urbano y Ecología y de Salud. Este Subcomité tendrá las funciones siguientes:
I. Proponer al Comité Técnico mecanismos de coordinación entre las Dependencias para que la investigación relativa a plaguicidas incorpore los aspectos de calidad y eficiencia en el control y combate de plagas y enfermedades agropecuarias y forestales y su repercusión, tanto en la salud humana como en el medio ambiente;
II. Proponer al Comité Técnico mecanismos de coordinación para el establecimiento conjunto de los límites máximos de residuos en relación con plaguicidas, fertilizantes y sustancias tóxicas, con el fin de que la Comisión recomiende a las Secretarías su adopción e incorporación en los catálogos correspondientes;
III. Proponer el retiro y cancelación del registro de aquellos productos que el avance científico muestre que causen daños a la salud humana y a los ecosistemas, con el fin de que Comisión presente la recomendación a las pendencias correspondientes, y
IV. Proponer al Comité Técnico las medidas tendientes a la integración de una red de laboratorios oficiales, procurando unificar la metodología analítica aplicable.
Structure Reglamento Interior de la Comisión Intersecretarial para el Control del Proceso y Uso de Plaguicidas, Fertilizantes y Sustancias Tóxicas