Artículo 13. La Red tiene como objetivos:
I. Integrar los recursos de las bibliotecas públicas y coordinar sus funciones para fortalecer y optimizar la operación de éstas;
II. Ampliar y diversificar los acervos y orientar los servicios de registro, catalogación y consulta de las bibliotecas públicas;
III. Formar un catálogo de acceso público sobre el patrimonio bibliográfico existente en las bibliotecas públicas, y
IV. Fomentar la lectura y la alfabetización digital.
Structure Ley General de Bibliotecas