Ley de la Fiscalía General de la República
Artículo 93

Artículo 93. Serán facultades del Órgano Interno de Control las siguientes:

I. Las que contempla la Ley General de Responsabilidades Administrativas y la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, dentro de las que se encuentran las relativas a inscribir y mantener actualizada la información correspondiente del Sistema de evolución patrimonial, de declaración de intereses y constancia de presentación de declaración fiscal, de todas las personas servidoras públicas de la Fiscalía General;

II. Emitir, de conformidad con los objetivos, estrategias y prioridades, su Programa Anual de Trabajo;

III. Verificar que el ejercicio de gasto de la Fiscalía General se realice conforme a la normatividad aplicable, los programas aprobados y montos autorizados;

IV. Realizar auditorías, revisiones y evaluaciones y presentar a la persona titular de la Fiscalía General, los informes correspondientes con el objeto de examinar, fiscalizar y promover la eficiencia, eficacia y legalidad en su gestión y encargo, así como emitir recomendaciones;

V. Revisar que las operaciones presupuestales que realice la Fiscalía General se hagan con apego a las disposiciones legales y administrativas aplicables y, en su caso, determinar las desviaciones de las mismas y las causas que les dieron origen;

VI. Promover ante las instancias correspondientes, las acciones administrativas y legales que se deriven de los resultados de las auditorías;

VII. Investigar, en el ámbito de su competencia, los actos u omisiones que impliquen alguna irregularidad o conducta ilícita en el ingreso, egreso, manejo, custodia y aplicación de fondos y recursos de la Fiscalía General;

VIII. Evaluar el cumplimiento de los objetivos y metas fijadas en los programas de naturaleza administrativa contenidos en el presupuesto de egresos de la Fiscalía General, empleando la metodología que determine;

IX. Recibir quejas y denuncias conforme a las leyes aplicables;

X. Solicitar la información y efectuar visitas a las áreas de la Fiscalía General para el cumplimento de sus funciones;

XI. Ejercer en el ámbito de la Fiscalía General, en lo que resulte conducente, las facultades que la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y la Ley de Asociaciones Público Privadas, prevén para la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la Secretaría de la Función Pública;

XII. Intervenir en los actos de entrega-recepción de las personas servidoras públicas de la Fiscalía General en los términos de la normatividad aplicable;

XIII. Participar, conforme a las disposiciones vigentes, en los comités y subcomités de los que el Órgano Interno de Control forme parte, e intervenir en los actos que se deriven de los mismos;

XIV. Formular el anteproyecto de presupuesto del Órgano Interno de Control;

XV. Presentar a la persona titular de la Fiscalía General los informes, previo y anual, de resultados de su gestión; el informe previo abarcará los periodos de enero a junio entregándose en el mes de julio y de julio a diciembre entregándose en el mes de enero, y el informe anual se entregará en el mes de febrero;

XVI. Presentar al Fiscal General los informes respecto de los expedientes relativos a las faltas administrativas y, en su caso, sobre la imposición de sanciones en materia de responsabilidades administrativas, estos informes se contemplan en el informe previo y anual señalados en la fracción anterior;

XVII. Emitir el Código de Ética de las personas servidoras públicas de la Fiscalía General y las Reglas de Integridad para el ejercicio de la procuración de justicia;

XVIII. Establecer en coordinación con la Oficialía Mayor, mecanismos que prevengan actos u omisiones que pudieran constituir responsabilidades administrativas;

XIX. Vigilar, en colaboración con las autoridades competentes, el cumplimiento de las normas de control interno, fiscalización, integridad, transparencia, rendición de cuentas, acceso a la información y combate a la corrupción en la Fiscalía General;

XX. Nombrar y remover libremente a las personas titulares de las unidades adscritas al Órgano Interno de Control, cumpliendo con todos los requisitos señalados para las personas servidoras públicas de la Fiscalía General;

XXI. Suscribir los convenios que requiera para el ejercicio de sus facultades, en términos del Estatuto orgánico;

XXII. Certificar las copias de documentos que se encuentren en los archivos del Órgano Interno de Control;

XXIII. Definir las políticas y la estrategia para tramitar, instruir y resolver, los procedimientos por responsabilidades administrativas de las personas servidoras públicas de la Fiscalía General;

XXIV. Ejercer las facultades previstas en esta Ley respecto de los órganos que se encuentren dentro del ámbito de la Fiscalía General, y

XXV. Las demás que señalen las leyes y disposiciones aplicables.

Structure Ley de la Fiscalía General de la República

Artículo primero

Título I

Capítulo único

Artículo 1

Artículo 2

Artículo 3

Artículo 4

Artículo 5

Artículo 6

Artículo 7

Artículo 8

Artículo 9

Título II

Capítulo I

Artículo 10

Capítulo II

Artículo 11

Artículo 12

Artículo 13

Artículo 14

Artículo 15

Artículo 16

Artículo 17

Capítulo III

Artículo 18

Capítulo IV

Artículo 19

Artículo 20

Capítulo V

Artículo 21

Artículo 22

Artículo 23

Capítulo VI

Artículo 24

Capítulo VII

Artículo 25

Artículo 26

Artículo 27

Capítulo VIII

Artículo 28

Artículo 29

Artículo 30

Capítulo IX

Artículo 31

Capítulo X

Artículo 32

Título III

Capítulo I

Artículo 33

Artículo 34

Artículo 35

Artículo 36

Artículo 37

Capítulo II

Artículo 38

Título IV

Capítulo I

Artículo 39

Capítulo II

Artículo 40

Capítulo III

Artículo 41

Capítulo IV

Artículo 42

Artículo 43

Artículo 44

Capítulo V

Artículo 45

Capítulo VI

Artículo 46

Capítulo VII

Artículo 47

Capítulo VIII

Artículo 48

Artículo 49

Título V

Capítulo único

Artículo 50

Título VI

Capítulo I

Artículo 51

Artículo 52

Artículo 53

Capítulo II

Artículo 54

Artículo 55

Capítulo III

Artículo 56

Capítulo IV

Artículo 57

Capítulo V

Artículo 58

Capítulo VI

Artículo 59

Capítulo VII

Artículo 60

Capítulo VIII

Artículo 61

Artículo 62

Artículo 63

Capítulo IX

Artículo 64

Artículo 65

Artículo 66

Artículo 67

Artículo 68

Artículo 69

Título VII

Capítulo I

Artículo 70

Capítulo II

Artículo 71

Artículo 72

Artículo 73

Artículo 74

Artículo 75

Artículo 76

Artículo 77

Artículo 78

Artículo 79

Capítulo III

Artículo 80

Artículo 81

Artículo 82

Título VIII

Capítulo I

Artículo 83

Artículo 84

Capítulo II

Artículo 85

Capítulo III

Artículo 86

Artículo 87

Título IX

Capítulo único

Artículo 88

Título X

Capítulo I

Artículo 89

Artículo 90

Artículo 91

Capítulo II

Artículo 92

Capítulo III

Artículo 93

Capítulo IV

Artículo 94

Artículo 95

Artículo 96

Título XI

Capítulo único

Artículo 97

Título XII

Artículo 98

Artículo 99

Artículo 100

Artículo 101