ARTICULO 9o.- En todas las operaciones que se efectúen conforme a este Reglamento, han de observarse, siempre que proceda, aquéllos de los preceptos no mencionados en el mismo, que contengan los artículos 383 y 384 de la Ley Aduanal y las correspondientes disposiciones reglamentarios.
Structure Reglamento a que se sujetarán las Importaciones de Materias Destinadas a Fabricar Lubricantes para Exportación