Reglamento a que se sujetarán las Importaciones de Materias Destinadas a Fabricar Lubricantes para Exportación
Articulo 7o

ARTICULO 7o.- Las Inspecciones Fiscales del Petróleo rendirán al Departamento de Impuestos Especiales y a la Dirección de Aduanas, un informe mensual del movimiento de materias primas importadas, mezclas, pérdidas en la elaboración, exportaciones, materias destinadas a otro fin, etc., etc.

Structure Reglamento a que se sujetarán las Importaciones de Materias Destinadas a Fabricar Lubricantes para Exportación

Articulo 1o

Articulo 2o

Articulo 3o

Articulo 4o

Articulo 5o

Articulo 6o

Articulo 7o

Articulo 8o

Articulo 9o

Articulo transitorio