ARTICULO 6. La asistencia que el CONACYT brinde a sus becarios en materia migratoria, se concretará a dar información de los requisitos que éstos deberán cubrir para su estancia en el país o en el extranjero, quedando bajo la responsabilidad del becario la gestión directa de su documentación migratoria ante las autoridades competentes.
Estructura Reglamento de Becas del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología
Articulo 6