ARTICULO 5. Los casos no previstos o de duda en la aplicación del presente Reglamento, las Convocatorias y/o Convenios correspondientes, serán resueltos por el Director General del CONACYT o por el Titular de la Dirección Adjunta responsable de la aplicación del Programa, con base en las atribuciones conferidas por el Estatuto Orgánico del CONACYT.
Structure Reglamento de Becas del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología