Reglamento del Consejo de Administración del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores
Artículo 9o

ARTÍCULO 9o.- En las sesiones se tratarán los asuntos en el orden siguiente:

a) Consideración y aprobación del Orden del Día.

b) Lectura y aprobación, en su caso, del acta de la sesión anterior.

c) Discusión de las cuestiones comprendidas en el Orden del Día.

d) Señalamiento de fecha y hora para la próxima reunión.

e) Señalamiento del consejero a quien corresponde la Presidencia de la siguiente sesión.

DE LAS DISCUSIONES