Reglamento del Consejo de Administración del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores
Articulo 4o

ARTICULO 4o.- El orden del día que corresponda a cada sesión será elaborado por el director general del Instituto y presentado al presidente en turno del consejo, para que éste lo ponga a consideración del mismo.

Los directores sectoriales podrán solicitar la incorporación de asuntos en el orden del día citado.