Reglamento del Consejo de Administración del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores

ARTICULO 1o.- El Consejo de Administración se integrará en la...

ARTICULO 2o.- El Consejo de Administración sesionará por lo menos...

ARTICULO 3o.- Las sesiones se celebrarán en el local del...

ARTICULO 4o.- El orden del día que corresponda a cada...

ARTICULO 5o.- El orden del día deberá comunicarse a los...

ARTICULO 6o.- El Director General y los Directores Sectoriales del...

ARTICULO 7o.- Cuando haya asuntos que por su importancia lo...

ARTICULO 8o.- Durante las sesiones extraordinarias, el consejo se ocupará...

ARTÍCULO 9o.- En las sesiones se tratarán los asuntos en...

ARTICULO 10o.- A toda proposición relacionada con las facultades que...

ARTICULO 11o.- El Consejo legalmente convocado, podrá sesionar cuando se...

ARTICULO 12o.- Cualquiera de los miembros del consejo pueden solicitar...

ARTICULO 13o.- En caso de que no pueda verificarse la...

ARTICULO 14o.- La asistencia de los suplentes a las sesiones...

ARTICULO 15o.- Se computará un voto por cada uno de...

ARTICULO 16o.- Las votaciones serán siempre nominales y por orden...

ARTICULO 17o.- Los acuerdos del Consejo se tomarán por el...

ARTICULO 18o.- La presidencia de las sesiones del Consejo corresponderá,...

ARTICULO 19o.- El Presidente dirigirá y moderará los debates durante...

ARTICULO 20o.- Durante las sesiones ordinarias y extraordinarias, el Presidente...

ARTICULO 21o.- La Secretaría del Consejo de Administración será desempeñada...

ARTICULO 22o.- Son facultades y obligaciones del Secretario del Consejo:...

ARTICULO 23o.- Para el cumplimiento de las atribuciones y funciones...