Título Octavo De la Intervención
Capítulo I Disposiciones generales
Artículo 81.- La Comisión podrá declarar la intervención administrativa o...
Artículo 82.- El Presidente designará mediante oficio a la persona...
Artículo 83.- El interventor desempeñará su cargo en términos de...
Artículo 84.- La Comisión deberá notificar por escrito la declaración...
Artículo 85.- La diligencia de intervención se entenderá con el...
Artículo 86.- De la diligencia de intervención, deberá levantarse un...
Artículo 87.- El acta a que se refiere el artículo...
Capítulo II De la intervención gerencial
Artículo 88.- El nombramiento de interventor-gerente deberá recaer en persona...
Artículo 89.- El oficio que contenga el nombramiento de interventor-gerente...
Artículo 90.- Cuando la Junta de Gobierno de la Comisión...
Artículo 91.- Los servidores públicos de la Comisión que participen...
Artículo 92.- La Comisión deberá solicitar al interventor-gerente la formulación...
Capítulo III Del levantamiento de la intervención
Artículo 93.- Una vez que los objetivos de la intervención...
Artículo 94.- La Comisión no levantará la intervención de la...
Artículo 95.- Al momento de levantarse la intervención en la...
Artículo 95 Bis.- Para el caso de que la intervención...
Artículo 96.- Cuando la Comisión acuerde levantar la intervención gerencial,...