Reglamento de la Ley que Crea el Fondo de Garantía y Fomento para la Agricultura, Ganadería y Avicultura
Artículo 20

Artículo 20.- Las garantías sólo se harán efectivas cuando la falta de recuperación se provoque por las causas imprevisibles o incontrolables que determinen las reglas de operación.