Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos
Capitulo III

CAPITULO III

ARTICULO 17.- La selección del disponente originario y del receptor...

ARTICULO 18.- Los procedimientos para la conservación de órganos y...

ARTICULO 19.- El ministerio público podrá autorizar la disposición de...

ARTICULO 20.- Los establecimientos de salud, previa autorización de la...

ARTICULO 21.- La disposición de órganos y tejidos para fines...

ARTICULO 22.- Se prohibe el comercio de órganos o tejidos...

ARTICULO 23.- El trasplante de órgano único no regenerable, esencial...

ARTICULO 24.- El documento en el que el disponente originario...

ARTICULO 25.- El receptor de un órgano o tejido deberá...

ARTICULO 26.- El escrito donde se exprese la voluntad a...

ARTICULO 27.- Cuando por causa de minoridad, incapacidad o imposibilidad...

ARTICULO 28.- En el caso de trasplantes de órganos o...

ARTICULO 29.- La obtención, guarda, conservación, preparación y utilización de...

ARTICULO 30.- Los bancos de órganos, tejidos y sus componentes...

ARTICULO 31.- Los responsables de los bancos de órganos y...

ARTICULO 32.- Los bancos de órganos y tejidos deberán funcionar...

ARTICULO 33.- Los requisitos de servicios, organización, funcionamiento e ingeniería...

ARTICULO 34.- Las instituciones que realicen trasplantes deberán contar con...

ARTICULO 35.- Cuando por virtud de los avances de la...

ARTICULO 36.- La Secretaría tendrá a su cargo los Registros...

ARTICULO 37.- Los establecimientos que realicen actos de disposición de...

ARTICULO 38.- En el caso de disposición de sangre, no...

ARTICULO 39.- La sangre en ningún caso podrá ser objeto...

ARTICULO 40.- Los bancos de sangre deberán contar con los...

ARTICULO 41.- Los requisitos de servicios, organización, funcionamiento y de...

ARTICULO 42.- El material para la obtención y conservación, así...

ARTICULO 43.- Los bancos de sangre deberán contar con reactivos...

ARTICULO 44.- Para el control de calidad, los bancos de...

ARTICULO 45.- EI propietario y el médico responsable de los...

ARTICULO 46.- La Secretaría fijará el plazo de vigencia de...

ARTICULO 47.- Los médicos responsables de un banco de sangre...

ARTICULO 48.- El médico responsable de un Banco de Sangre,...

ARTICULO 49.- Los hospitales, sanatorios, clínicas, maternidades y en general...

ARTICULO 50.- Todo establecimiento industrial que obtenga derivados de la...

ARTICULO 51.- Los establecimientos de atención médica que requieran de...

ARTICULO 52.- Los directores de las instituciones de salud y...

ARTICULO 53.- La preparación, almacenamiento y etiquetado de la sangre...

ARTICULO 54.- Las transfusiones deberán efectuarse previa tipificación del receptor...

ARTICULO 55.- De cada unidad de sangre o sus fracciones...

ARTICULO 56.- Para efectos de este Reglamento, además de los...

ARTICULO 57.- Los establecimientos de salud podrán destinar, para usos...