ARTICULO 37.- La Comisión Consultiva sesionará válidamente con la asistencia de cuatro de sus integrantes, siempre y cuando se encuentren presentes, por lo menos, dos representantes de la Secretaría y dos de los prestadores. De cada sesión se levantará un acta, la que una vez aprobada será firmada por el Presidente y el Secretario Técnico.
Structure Reglamento de Guías de Turistas