Ley Reglamentaria de la Fracción VI del Artículo 76 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

ARTÍCULO ÚNICO.- Se expide la Ley Reglamentaria de la fracción...

Artículo 1. Esta Ley tiene por objeto establecer los casos...

Artículo 2. Se configura la cuestión política, si los actos...

Artículo 3. Se estará ante una cuestión política si se...

Artículo 4. La Cámara de Senadores resolverá las cuestiones políticas...

Artículo 5. La intervención de la Cámara de Senadores se...

Artículo 6. La Cámara de Senadores no intervendrá si el...

Artículo 7. Los poderes de los Estados podrán plantear en...

Artículo 8. Cuando la intervención de la Cámara de Senadores...

Artículo 9. La solicitud a que se refiere el artículo...

Artículo 10. La solicitud se presentará ante la Cámara de...

Artículo 11. La Cámara de Senadores dará trámite a toda...

Artículo 12. La solicitud se turnará a la Junta de...

Artículo 13. Si la Junta de Coordinación Política al valorar...

Artículo 14. Para la debida instrucción del proceso, la Junta...

Artículo 15. La Comisión, en caso de estimarlo necesario, podrá...

Artículo 16. La Comisión requerirá un informe al o a...

Artículo 17. En el transcurso del proceso, la Comisión podrá...

Artículo 18. La Comisión propondrá al Pleno las medidas precautorias...

Artículo 19. La Comisión, elaborará el proyecto de resolución con...

Artículo 20. La Comisión determinará en el proyecto de resolución:...

Artículo 21. El proyecto se someterá a la consideración del...

Artículo 22. En caso de que alguna de la partes...

Artículo 23. Cuando alguna de las partes no cumpla con...

Artículo 24. En el caso de que una de las...

Artículo 25. Si el poder remiso no rinde dicho informe...