Artículo 68. La Federación y las entidades federativas compensarán a través de las Comisiones en el ámbito de su competencia, de forma subsidiaria el daño causado a la víctima de los delitos que ameriten prisión preventiva oficiosa o en aquellos casos en que la víctima haya sufrido daño o menoscabo a su libertad, daño o menoscabo al libre desarrollo de su personalidad o si la víctima directa hubiera fallecido o sufrido un deterioro incapacitante en su integridad física o mental como consecuencia del delito, cuando así lo determine la autoridad judicial.
La Comisión Ejecutiva podrá cubrir la compensación subsidiaria para asegurar su cumplimiento, con cargo a los recursos autorizados para tal fin, cuando la Comisión de víctimas de la entidad federativa lo solicite por escrito en términos de lo previsto en la fracción XVII del artículo 81 de la Ley.
Párrafo reformado DOF 06-11-2020
Structure Ley General de Víctimas
Título reubicado y denominación reformada dof 03-05-2013
Capítulo reubicado dof 03-05-2013
Artículo reformado dof 03-05-2013
Título reubicado y denominación reformada dof 03-05-2013
Capítulo reubicado dof 03-05-2013
Artículo reformado dof 03-05-2013
Capítulo reubicado dof 03-05-2013
Título reubicado y denominación del título suprimida dof
Capítulo reubicado y denominación del capítulo reformada dof
Título reubicado y denominación reformada dof 03-05-2013. Denominación
Capítulo reubicado dof 03-05-2013
Artículo reformado dof 03-05-2013, 03-01-2017
Título reubicado y denominación del título suprimida dof
Capítulo reubicado y denominación del capítulo reformada dof
Capítulo reubicado dof 03-05-2013
Capítulo reubicado dof 03-05-2013. Denominación del capítulo reformada
Título reubicado y denominación reformada dof 03-05-2013. Denominación
Capítulo adicionado dof 03-01-2017
Artículo adicionado dof 03-01-2017
Título reubicado y denominación del título suprimida dof
Capítulo reubicado dof 03-05-2013
Título reubicado y reestructurado (se suprime su anterior
Capítulo reubicado y recorrido (antes capítulo III) dof
Capítulo reubicado y recorrido (antes capítulo IV) dof
Título reubicado dof 03-05-2013
Capítulo reubicado dof 03-05-2013
Título reubicado y denominación reformada dof 03-05-2013. Denominación
Artículo reformado dof 03-05-2013, 03-01-2017, 06-11-2020
Título reubicado dof 03-05-2013
Título reestructurado (se suprime su anterior capítulo IV
Capítulo reubicado dof 03-05-2013
Capítulo reubicado y denominación reformada dof 03-05-2013
Artículo reformado dof 03-05-2013, 03-01-2017, 28-04-2022
Artículo adicionado dof 03-01-2017
Capítulo reubicado y recorrido (antes capítulo V) dof
Artículo reformado y reubicado (antes artículo 103) dof
Capítulo reubicado y recorrido (antes capítulo VI) con
Título reubicado y reestructurado (se suprimen sus anteriores
Capítulo reubicado y denominación reformada dof 03-05-2013
Capítulo reubicado y recorrido (antes capítulo IX) dof
Capítulo reubicado y recorrido (antes capítulo X) dof
Capítulo reubicado y recorrido (antes capítulo XI) dof
Capítulo reubicado y recorrido (antes capítulo XII) dof
Capítulo reubicado y recorrido (antes capítulo XIII) dof
Capítulo reubicado y recorrido (antes capítulo XIV) con
Capítulo reubicado y recorrido (antes capítulo XV) con
Capítulo reubicado y recorrido (antes capítulo XVI) dof
Capítulo reubicado y recorrido (antes capítulo XVII) dof
Capítulo reubicado y recorrido (antes capítulo XVIII) dof
Título reubicado y denominación reformada dof 03-05-2013. Denominación
Capítulo reubicado dof 03-05-2013
Artículo reformado dof 03-05-2013, 06-11-2020
Artículo reformado dof 03-05-2013
Artículo reformado dof 03-05-2013, 03-01-2017
Capítulo adicionado dof 03-01-2017
Artículo adicionado dof 03-01-2017
Título reubicado dof 03-05-2013
Título reubicado y denominación reformada dof 03-05-2013
Capítulo reubicado dof 03-05-2013
Artículo reformado dof 03-05-2013, 18-02-2022