Artículo 162. Los institutos y academias que sean responsables de la capacitación, formación, actualización y especialización de los servidores públicos ministeriales, policiales y periciales, federales, estatales y municipales, deberán coordinarse entre sí con el objeto de cumplir cabalmente los Programas Rectores de Profesionalización señalados en la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública y los lineamientos mínimos impuestos por el presente capítulo de esta Ley.
Asimismo, deberán proponer convenios de colaboración con universidades y otras instituciones educativas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras, con el objeto de brindar formación académica integral y de excelencia a los servidores públicos de sus respectivas dependencias.
Las obligaciones enunciadas en el presente artículo rigen también para las entidades homólogas de capacitación, formación, actualización y especialización de los miembros del Poder Judicial y la Secretaría de Defensa Nacional, en los distintos órdenes de gobierno.
Structure Ley General de Víctimas
Título reubicado y denominación reformada dof 03-05-2013
Capítulo reubicado dof 03-05-2013
Artículo reformado dof 03-05-2013
Título reubicado y denominación reformada dof 03-05-2013
Capítulo reubicado dof 03-05-2013
Artículo reformado dof 03-05-2013
Capítulo reubicado dof 03-05-2013
Título reubicado y denominación del título suprimida dof
Capítulo reubicado y denominación del capítulo reformada dof
Título reubicado y denominación reformada dof 03-05-2013. Denominación
Capítulo reubicado dof 03-05-2013
Artículo reformado dof 03-05-2013, 03-01-2017
Título reubicado y denominación del título suprimida dof
Capítulo reubicado y denominación del capítulo reformada dof
Capítulo reubicado dof 03-05-2013
Capítulo reubicado dof 03-05-2013. Denominación del capítulo reformada
Título reubicado y denominación reformada dof 03-05-2013. Denominación
Capítulo adicionado dof 03-01-2017
Artículo adicionado dof 03-01-2017
Título reubicado y denominación del título suprimida dof
Capítulo reubicado dof 03-05-2013
Título reubicado y reestructurado (se suprime su anterior
Capítulo reubicado y recorrido (antes capítulo III) dof
Capítulo reubicado y recorrido (antes capítulo IV) dof
Título reubicado dof 03-05-2013
Capítulo reubicado dof 03-05-2013
Título reubicado y denominación reformada dof 03-05-2013. Denominación
Artículo reformado dof 03-05-2013, 03-01-2017, 06-11-2020
Título reubicado dof 03-05-2013
Título reestructurado (se suprime su anterior capítulo IV
Capítulo reubicado dof 03-05-2013
Capítulo reubicado y denominación reformada dof 03-05-2013
Artículo reformado dof 03-05-2013, 03-01-2017, 28-04-2022
Artículo adicionado dof 03-01-2017
Capítulo reubicado y recorrido (antes capítulo V) dof
Artículo reformado y reubicado (antes artículo 103) dof
Capítulo reubicado y recorrido (antes capítulo VI) con
Título reubicado y reestructurado (se suprimen sus anteriores
Capítulo reubicado y denominación reformada dof 03-05-2013
Capítulo reubicado y recorrido (antes capítulo IX) dof
Capítulo reubicado y recorrido (antes capítulo X) dof
Capítulo reubicado y recorrido (antes capítulo XI) dof
Capítulo reubicado y recorrido (antes capítulo XII) dof
Capítulo reubicado y recorrido (antes capítulo XIII) dof
Capítulo reubicado y recorrido (antes capítulo XIV) con
Capítulo reubicado y recorrido (antes capítulo XV) con
Capítulo reubicado y recorrido (antes capítulo XVI) dof
Capítulo reubicado y recorrido (antes capítulo XVII) dof
Capítulo reubicado y recorrido (antes capítulo XVIII) dof
Título reubicado y denominación reformada dof 03-05-2013. Denominación
Capítulo reubicado dof 03-05-2013
Artículo reformado dof 03-05-2013, 06-11-2020
Artículo reformado dof 03-05-2013
Artículo reformado dof 03-05-2013, 03-01-2017
Capítulo adicionado dof 03-01-2017
Artículo adicionado dof 03-01-2017
Título reubicado dof 03-05-2013
Título reubicado y denominación reformada dof 03-05-2013
Capítulo reubicado dof 03-05-2013
Artículo reformado dof 03-05-2013, 18-02-2022