Ley de Puertos

CAPITULO I

ARTICULO 1o.- La presente ley es de orden público y...

ARTICULO 2o.- Para los efectos de esta ley, se entenderá...

ARTICULO 3o.- Todo lo relacionado con la administración, operación y...

ARTICULO 4o.- A falta de disposición expresa en esta ley...

CAPITULO II

ARTICULO 5o.- Corresponde al Ejecutivo Federal habilitar toda clase de...

ARTICULO 6o.- La Secretaría autorizará para navegación de altura a...

ARTICULO 7o. La Secretaría de Bienestar y la Secretaría, a...

Artículo reformado DOF 07-12-2020

ARTICULO 8o. La Secretaría, conjuntamente con la Secretaría de Bienestar,...

ARTICULO 9o.- Los puertos y terminales se clasifican: I. Por...

ARTICULO 10.- Las terminales, marinas e instalaciones portuarias se clasifican...

ARTICULO 11.- Los reglamentos de esta ley establecerán las condiciones...

ARTICULO 12.- Los puertos mexicanos, en tiempo de paz, estarán...

ARTICULO 13. La Secretaría, por caso fortuito o fuerza mayor,...

Artículo reformado DOF 19-12-2016, 07-12-2020

ARTICULO 14.- En los puertos, terminales y marinas, tendrán carácter...

ARTICULO 15.- Son de utilidad pública la construcción y explotación...

CAPITULO III

ARTICULO 16.- La autoridad en materia de puertos radica en...

ARTICULO 17.- En cada puerto habilitado existirá una capitanía de...

Artículo reformado DOF 11-06-2012, 19-12-2016

ARTICULO 18.- La Armada de México, así como las corporaciones...

ARTICULO 19.- Las capitanías de puerto, así como las autoridades...

ARTICULO 19 Bis. La Secretaría es la autoridad en materia...

Artículo adicionado DOF 26-12-2013. Reformado DOF 19-12-2016, 07-12-2020

ARTICULO 19 Ter. El Cumar tendrá las funciones y organización...

Artículo adicionado DOF 26-12-2013. Reformado DOF 07-12-2020

CAPITULO IV

ARTICULO 20.- Para la explotación, uso y aprovechamiento de bienes...

ARTICULO 21.- Las concesiones a que se refiere la fracción...

ARTICULO 22.- Todas las concesiones a que se refiere esta...

ARTICULO 23.- La Secretaría podrá otorgar las concesiones hasta por...

ARTICULO 23 BIS.- Para el otorgamiento de los títulos de...

Artículo adicionado DOF 08-06-2016

ARTICULO 24.- Las concesiones a que se refiere este capítulo...

ARTICULO 25.- En el caso de que se solicite la...

ARTICULO 26.- El título de concesión, según sea el caso,...

ARTICULO 27.- La Secretaria podrá establecer en los títulos de...

ARTICULO 28.- Los permisos y autorizaciones a que se refiere...

ARTICULO 29.- Los títulos de concesión, permisos y autorizaciones a...

ARTICULO 30.- La Secretaría podrá autorizar la cesión total de...

ARTICULO 31.- En ningún caso se podrán ceder, hipotecar o...

ARTICULO 32.- Las concesiones terminarán por: I. Vencimiento del plazo...

ARTICULO 33.- Las concesiones o permisos podrán ser revocados por...

ARTICULO 34.- La revocación será declarada administrativamente por la Secretaría,...

ARTICULO 35.- En el caso de que sea revocada la...

ARTICULO 36.- Las construcciones e instalaciones portuarias que ejecuten los...

ARTICULO 37.- Los administradores portuarios, así como los demás concesionarios,...

CAPITULO V

ARTICULO 38.- Existirá administración portuaria integral cuando la planeación, programación,...

ARTICULO 39.- La administración portuaria integral será autónoma en su...

ARTICULO 40.- Además de los derechos y obligaciones que se...

ARTICULO 41.- El administrador portuario se sujetará a un programa...

ARTICULO 42.- Para los puertos y terminales que cuenten con...

CAPITULO VI

Artículo reformado DOF 11-06-2012

CAPITULO V

ARTICULO 43.- La comisión consultiva coadyuvará en la promoción del...

CAPITULO VI

ARTICULO 44.- La utilización de los bienes y la prestación...

ARTICULO 45.- En las áreas de uso común de los...

ARTICULO 46.- La Secretaría, con base en consideraciones técnicas, de...

ARTICULO 47.- Cuando las terminales e instalaciones de uso particular...

ARTICULO 48.- La Secretaría, en casos excepcionales, con vista en...

ARTICULO 49.- Los administradores portuarios, los operadores de terminales, marinas...

ARTICULO 50.- Los actos y contratos relativos a los servicios...

ARTICULO 51.- Los contratos de cesión parcial de derechos y...

ARTICULO 52.- En el caso de que el incumplimiento de...

ARTICULO 53.- En los casos en que el administrador portuario...

ARTICULO 54.- Cuando los interesados en operar una terminal o...

ARTICULO 55.- El administrador portuario responderá ante la Secretaría por...

ARTICULO 56.- Los operadores de terminales, marinas e instalaciones y...

ARTICULO 57.- En cada puerto que cuente con administración portuaria...

ARTICULO 58.- El comité de operación emitirá recomendaciones relacionadas con:...

ARTICULO 58 BIS.- La planeación del puerto se apoyará en...

Artículo adicionado DOF 11-06-2012

ARTICULO 59.- Todos los actos de los concesionarios, permisionarios, operadores...

CAPITULO VII

ARTICULO 60.- La Secretaría podrá establecer en los títulos de...

ARTICULO 61.- En la regulación se podrán establecer tarifas y...

ARTICULO 62.- Cuando los sujetos a regulación de precios o...

CAPITULO IX

Artículo reformado DOF 19-12-2016

CAPITULO VIII

ARTICULO 63.- Los concesionarios y permisionarios presentarán a la Secretaría...

ARTICULO 64.- La Secretaría verificará, en cualquier tiempo, en los...

CAPITULO IX

ARTICULO 65.- La Secretaría sancionará las infracciones a esta Ley...

ARTICULO 66.- Al imponer las sanciones a que se refiere...

ARTICULO 67.- El que sin haber previamente obtenido una concesión...

ARTICULO 68.- Las sanciones que se señalan en este capítulo...

ARTICULO 69.- Para la aplicación de las sanciones a que...