Reglamento del Sorteo Chispazo de Pronósticos para la Asistencia Pública
Artículo 20o

Artículo 20o.- Los Comercializadores de Pronósticos atenderán fielmente el contenido de este reglamento y demás normatividad emitida por Pronósticos. Las omisiones, errores o faltas imputables a los Comercializadores o a su personal dependiente, por inobservancia o violación de las normas reglamentarías  aplicables,  no  constituirán  responsabilidad a cargo de Prónosticos.